La dimensión política se alcanza a través del consenso social pero además debe ser
reconocido por el poder político de forma expresa. Es decir, los derechos humanos
surgen por las reivindicaciones de los grupos sociales, pero si no son reconocidos por
los poderes políticos como un derecho, ese valor "no será extensible” porque no está
reconocido. Por ejemplo, son los políticos quienes crean las leyes (no los jueces) y es
necesario que ese político escuche esa reivindicación social de forma que lo asuma
y que, de forma expresa, crea en que debe ser reconocido como un derecho.
En cambio, la dimensión jurídica solo son las normas, las leyes, y para esta dimensión
es la norma la que marca que es un derecho humano. En este caso serían los
jueces y los abogados (y otras personas que trabajan en este ámbito) los encargados
de abogar y defender los derechos humanos.
Un ejemplo para que se vea la diferencia:
En la dimensión política se diría: Si la igualdad de los seres humanos no es reconocida
por los poderes políticos, no habría tampoco leyes que sustentaran que es un derecho
que todos deben respetar.
En cambio en la dimensión jurídica: la igualdad de los seres humanos es un derecho
reconocido por la ley.
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