jueves, 10 de febrero de 2011

PREGUNTAS SOBRE DERECHOS HUMANOS

  1. P:

    ¿Cómo se llaman las etapas del reconocimiento de los Derechos Humanos?

    R:
    De Castro Cid nos habla de dos etapas:

    • Primera etapa llamada "Proyección de la Declaración de los derechos del Hombre y del ciudadano"
    • Segunda etapa denominada "supranacional o internacional"

  2. P:
    ¿Cuáles son los dos aspectos importantes de la Declaración Francesa?

    R:
    El primer aspecto importante es el gran interés por los asuntos sociales y el otro aspecto importante es la separación de poderes.

  3. P:
    ¿Cuál es la base del pensamiento Cristiano?

    R:
    Como base de este pensamiento están las corrientes: iusnaturalista y contractualista.
    La teoría iusnaturalista pone límites al poder del estado y a la arbitrariedad de los gobernantes (límites al Estado y al poder de los soberanos), mientas que la Teoría contractualista afirma la necesidad de establecer unos límites estructurales del poder 
    estatal de derechos de los gobernados, como un contrato entre lo que debe hacer
     el Estado y un derechos de los ciudadanos (Límites al ciudadano).

  4. P: ¿Qué son las libertades públicas?
    R: No es fácil definir "libertades públicas" porque existen varias posturas que la definen de forma diferente. No obstante, las libertades públicas surgen de la reivindicación de la propia sociedad pero que tienen una carga política que son más propias de las sociedades democráticas. Derivan de la libertad humana y serían la parte intermedia entre la parte política y las libertades individuales. Pero tienen mayor carga política porque pueden los poderes políticos limitar estas libertades públicas cuando las circunstancias lo aconsejen por el bien del orden democrático. Por tanto, están condicionadas a las leyes del momento.

  5. P: ¿Cuál es la diferencia entre Derechos fundamentales y Derechos constitucionales?
    R: Ambas denominaciones son muy parecidas, pero tienen una pequeña diferencia. Los derechos constituciones sólo aparecen en las constituciones, mientras que los derechos fundamentales aparecen en las leyes (no tiene porqué aparecer solo en la constitución)
     sino en cualquier ley del país.

  6. P:
    ¿Qué son derechos humanos positivos? ¿Qué es positivizar?

    R:
    Cuando son positivos es que se encuentran recogidos en las leyes, y positivizar 
    es incluirlo en las leyes. 


  7. P: ¿Qué significa que los Derechos Humanos unifican los distintos sistemas axiológicos?
    R:
    Que unifican los distintos sistemas axiológicos significa que recogen (unifican) los principios más fundamentales de tal manera que no puedan ser violados ni por los individuos ni por los poderes políticos.
  8. P:
    ¿Cuál es la diferencia entre los carácteres indisolubles e indivisibles?

    R:
    Indisolubles significa que forman un conjunto inseparable de derechos, donde todos son importantes y que todos ellos forman lo que se llama los derechos humanos. Mientras que indivisibles significa que no tienen jerarquía entre ellos. Ambos términos no son opuestos, 
    ni significan lo mismo, sino que se complementan.

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